SALINAS JOSE CARLOS C/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
Rechazo de la citación de tercero en proceso por daños y perjuicios por supuesta negligencia en suplantación de SIM, confirmando la sentencia que desestima la petición por falta de vínculo y controversia común.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Salinas José Carlos demandó al Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U por daños y perjuicios derivados de una supuesta negligencia en la que Telecom Argentina S.A. (Personal) habría sido responsable por la suplantación de la tarjeta SIM y las transferencias fraudulentas. La parte demandada solicitó la citación en calidad de tercero obligado a Telecom, argumentando una conexión causal y un posible interés en una acción de regreso. La Cámara analizó que la citación de terceros debe ser excepcional y que no existe un vínculo directo ni una controversia común suficiente para justificar su citación, ya que el reconocimiento del actor no evidencia la relación con Telecom. La sentencia concluyó que no se acreditó la existencia de un interés legítimo para citar a Telecom, rechazando la petición y condenando en costas a la parte vencida. El tribunal fundamentó que la citación de un tercero obligado requiere una conexión objetiva o causal que no se evidenció en el caso, y que la petición carece de sustento en los términos del artículo 14 del CPCC y la doctrina jurisprudencial.
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