.................... S/ RECURSO DE QUEJA
Declaran admisible la queja contra la decisión que rechazó el recurso de casación y confirman el rechazo del mismo, considerando que la resolución impugnada no vulnera derechos constitucionales y que la ley aplicable en el caso no era más benigna al momento del hecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La queja fue interpuesta por la defensa de Analía Soledad Moreira Jaime contra la decisión de la Cámara de Confirmar el rechazo del recurso de casación que impugnaba el rechazo a la libertad condicional y a las salidas transitorias. La Sala III del Tribunal de Casación Penal de La Plata, por mayoría, declaró admisible la queja y rechazó el recurso de casación, considerando que la resolución impugnada no viola derechos constitucionales ni principios federales. La mayoría afirmó que la resolución no presenta vulneración constitucional, ya que la decisión de la Cámara es razonada y ajustada a derecho, además de que las modificaciones legales posteriores a los hechos no resultan aplicables por no ser leyes más benévolas. El voto en disidencia del doctor Carral sostuvo que la evaluación debe realizarse con mayor rigurosidad respecto del derecho al recurso y la naturaleza de la decisión, pero la mayoría rechazó esta disidencia. La fundamentación principal se basa en la interpretación del artículo 100 de la ley 12.256, la retroactividad de leyes penales y la adecuada motivación de la resolución. La decisión concluye que la resolución impugnada no vulnera garantías constitucionales ni derechos humanos, por lo que la queja es admisible y el recurso de casación debe ser rechazado con costas.
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