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.................... S/ RECURSO DE CASACION INTERPUESTO POR FISCAL

La Cámara de Casación Penal revocó la absolución de Danilo Eduardo Castro Gaviño y lo condenó por delitos de homicidio en ocasión de robo, portación ilegal de arma de guerra, robo simple, intento de robo y encubrimiento. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba y en la existencia de indicios sólidos de participación, rechazando la duda razonable.

Condena Recurso de casacion Absolucion Prueba testifical Portacion de arma de guerra Analisis probatorio Homicidio en ocasion de robo Reconocimiento en rueda de personas Disidencia. Peritajes antropometricos Reconocimiento en video

¿Qué se resolvió en el fallo?

El proceso inició con la absolución de Castro Gaviño por parte del Tribunal Oral de Quilmes en relación a los delitos de homicidio en ocasión de robo y portación ilegal de arma de guerra, condenándolo además por otros delitos en concurso real. La Fiscalía interpuso recurso de casación, alegando que la prueba producida demostraba claramente su participación en los hechos y solicitando la condena por el delito de homicidio con reenvío a la instancia para determinar la pena. La Cámara analizó la admisibilidad del recurso y la procedencia, concluyendo que la impugnación fiscal resulta admisible dado que la pena solicitada y la condena otorgada cumplen con los requisitos legales. En cuanto a la valoración probatoria, la mayoría de los jueces consideró que la prueba colectada, incluyendo reconocimientos en rueda de personas, testimonios, reconocimiento de características físicas en video y análisis pericial, permitía tener certeza sobre la participación de Castro Gaviño en los hechos. La disidencia, en cambio, argumentó que la prueba no alcanzaba el nivel de certeza necesario para modificar la sentencia absolutoria, destacando contradicciones en los testimonios y en los datos periciales, y cuestionando la confiabilidad de los reconocimientos. La Cámara finalmente hizo lugar al recurso, revocó la absolución y condenó a Castro Gaviño como coautor responsable de los delitos mencionados, enviando el expediente a la instancia de determinación de la pena. Además, dispuso comunicar a la Fiscalía la posible intervención de terceras personas en los hechos.

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