.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de La Plata rechaza el recurso de casación presentado por la defensa en un caso de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y confirma la condena de cuatro años de prisión. El tribunal ratifica la existencia de prueba suficiente y legal para sostener la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa particular interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº 7 de San Isidro, que condenó a Alfredo Pereyra Sanabria a cuatro años de prisión por tenencia con fines de comercialización de estupefacientes, en concurso real con comercio de sustancias estupefacientes. La defensa argumentó que la valoración probatoria fue arbitraria, que la prueba no acreditaba la tenencia con fines de comercio, y solicitó la calificación por tenencia simple o la absolución. La Cámara de Casación Penal de La Plata, tras analizar la causa, rechazó el recurso, sosteniendo que la valoración de la prueba fue lógica, suficiente y respetuosa del principio de razón suficiente, y que la sentencia se encontraba debidamente motivada. Se destacó que la prueba incorporada, incluyendo denuncias, testimonios, allanamientos, incautaciones y peritajes, fundamenta la decisión condenatoria. La Cámara también reafirmó que la conducta no requiere prueba de comercialización efectiva, sino que basta la existencia de elementos que permitan presumir el ánimo de lucro y organización para la venta, como sucede en este caso. La resolución afirmó que no existieron vicios que invaliden la decisión y que la valoración probatoria fue adecuada.
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