MERCURI IDA ADELAIDA S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la declaración de heredero en un proceso de sucesión ab-intestado. La decisión ratifica la validez de los bienes y regula honorarios profesionales, citando a los herederos para reconocimiento y ratificación del acuerdo, además de ordenar informes y documentación para completar el trámite.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, MERCURI IDA ADELAIDA, solicita la declaración de heredero en un proceso de sucesión ab-intestado. La sentencia del juez Alfredo Aníbal Villata ordena la inscripción de la declaratoria de heredero respecto a los bienes listados, que incluyen varias matrículas y dominio TSQ 466, con base en los certificados de dominio acompañados en formato PDF. Además, regula los honorarios profesionales de la abogada patrocinante, Dra. Claudia Judith Carullo, en la suma de $40.263.521, tomando como base regulatoria la valuación fiscal y valor determinado por el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. La resolución también ordena el reconocimiento de firmas y ratificación del acuerdo por parte de los herederos, citándolos para que comparezcan en un plazo de cinco días bajo apercibimiento de reconocimiento tácito en caso de incomparecencia, y se acompaña la documentación pertinente en formato PDF. Asimismo, se ordena la obtención de informes de inhibición de los herederos declarados en autos, conforme a la normativa aplicable. El juez firma la resolución digitalmente, en cumplimiento de las leyes y procedimientos correspondientes. Fundamentos principales: "En atención a lo pedido y conforme al estado de autos, procédase a la inscripción de la declaratoria de heredero dictada en autos con relación a los bienes de los que dan cuenta los certificados de dominio acompañados en formato PDF..." "La regulación de honorarios profesionales se realiza conforme la Ley 14.967, tomando como base regulatoria la suma de $40.263.521, conforme la valuación fiscal y valor que determina el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires." "Se cita a los herederos para que reconozcan las firmas y ratifiquen el contenido del acuerdo, bajo apercibimiento de tenerlos por reconocidos en caso de incomparecencia, y se acompaña la documentación en formato PDF." Disidencia: No existen votos en disidencia en esta sentencia.
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