DEDEYAN EVELIN EDITH C/ AGROSALTA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La sentencia condena a los demandados a abonar a la actora una indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 20/11/2020. La decisión se fundamenta en la responsabilidad objetiva del demandado por el riesgo de la cosa y en la prueba técnica y testimonial que acredita la mecánica del siniestro y la responsabilidad de los demandados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Evelin Edith Dedeyan, demanda a Fabian Alejandro Galotti y posteriormente a José Ignacio Diaz, reclamando una suma de $1.141.668 por daños materiales, desvalorización, privación de uso, daño moral y gastos de mediación, relacionados con un accidente ocurrido el 20-11-2020 en Villa Bonich. La demandada Galotti, mediante contestación en garantía, reconoce la existencia de la póliza de seguro y la cobertura, pero niega los hechos; Diaz no contestó la demanda y fue declarado rebelde. La causa se sustenta en la teoría del riesgo creado y en la responsabilidad objetiva por la propiedad o guarda del vehículo, sin prueba de culpa de la víctima o de terceros. La prueba pericial mecánica y testimonial concluyó que el siniestro ocurrió por contacto del lateral izquierdo del camión con el lateral derecho de la camioneta estacionada. La sentencia hace lugar a la demanda y condena a los demandados a pagar la suma de $4.225.000, intereses del 6% desde el 11/8/2024 y la tasa pasiva más alta desde la fecha de la sentencia hasta el pago efectivo, con condena en costas a la demandada vencida. La extensión de la condena también alcanza a la aseguradora en los términos de la póliza.
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