.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de La Plata rechazó el recurso de casación interpuesto por las imputadas, confirmando la condena por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La decisión se basó en la valoración probatoria y la existencia de indicios claros del delito.
- La causa versa sobre la imputación a Alejandra Vanesa Cuder y Marcela Ayelén Cuder Quinteros por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en un procedimiento iniciado tras un allanamiento realizado el 22 de abril de 2024 en Isidro Casanova.
- La sentencia de primera instancia las condenó a cuatro años de prisión, multa, accesorias legales y costas, tras valorar pruebas que incluían incautaciones de cocaína, un cuchillo con vestigios de sustancia, elementos de envasado, dinero en efectivo y testimonios que indicaban actividades de narcomenudeo.
- La defensa interpuso recurso de casación alegando insuficiencia probatoria, omisión de pruebas y violación del principio "in dubio pro reo", argumentando que no existían elementos concluyentes que acreditaran la venta o tenencia con fines de comercialización.
- La Sala, tras analizar la prueba y los argumentos, sostuvo que la evidencia fue suficiente, destacando que: "el hallazgo de 44 envoltorios, un cuchillo con vestigios de cocaína, y los intercambios con un comprador previo, constituyen indicios claros y contundentes de la actividad de narcomenudeo", y que "el recurso omite abordar y refutar la casi totalidad del plexo probatorio rendido". Por ello, se confirmó la sentencia de condena, rechazando el recurso de casación.
- La Cámara concluyó que la valoración probatoria fue adecuada y que la prueba reunía los requisitos para sostener la responsabilidad de las imputadas, por lo que correspondía ratificar la decisión anterior.
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