RIMOLDI TERESA CLARA S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la declaratoria de herederos en un proceso de sucesión ab intestato y regula los honorarios del profesional actuante, confirmando la documentación y requisitos necesarios para la tramitación.
La resolución judicial ordena la inscripción de la declaratoria de herederos en relación a un bien inmueble sito en Partido de La Costa, con matrícula 32640. La decisión se fundamenta en que se cumplimentaron los recaudos necesarios y se procedió conforme a la ley 14.967 y la ley 6716, regulando además los honorarios del profesional Dr. Walter Fabian Tomassetti en 9 Jus sumas, con el adicional del 5% y el IVA si corresponde. Se destaca que se tiene en cuenta la sanción de la Ley 14.967 y las regulaciones del art. 21 de la ley 6716 para la documentación y la inscripción registral. La sentencia también recuerda que para el libramiento de la documentación debe acreditarse el cumplimiento del impuesto a la transmisión gratuita de bienes (TGB) conforme a la ley 14.044 y sus modificaciones. Fundamentos principales: "En atención a lo pedido y estando en autos cumplidos los recaudos necesarios, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada a fs. 52, con relación al bien a que se refiere el informe de dominio adjunto en PDF a la presentación en vista (MATRCULA 32640 CIRC. 4; SECCIÓN C; MANZANA 167; PARC. 3B; DEL PARTIDO DE LA COSTA), a esos fines se expedirá la documentación pertinente, quedando la confección y remisión a confronte de los instrumentos a esta sede, en formato electrónico, a cargo del interesado, previo cumplimiento del art. 21 de la ley 6716." "Habrá que tener en cuenta que la Ley 14.967 regula la regularización de honorarios, y que en este caso, los honorarios del profesional actuante fueron fijados en 9 Jus sumas, adicionándole el 5% y el IVA en caso de corresponder, conforme a los arts. 1, 9, 15, 16, 21, 22, 24, 35, 54 y 57 de dicha ley."
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