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RODRIGUEZ NORMA BEATRIZ Y OTRO/A C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ HOMOLOGACION MEDIACION LEY 13.951

La sentencia amplía y ratifica aspectos procesales en un expediente de homologación de mediación, confirmando la constitución del domicilio y la continuación del proceso, sin resolver sobre el fondo del asunto.

Incidente procesal Homologacion mediacion Domicilio procesal Ampliacion sentencia Liquidacion Notificacion Proceso civil Provincia de buenos aires Procedimiento Articulo 40 y 41 del cpcc


- La parte actora, Rodríguez Norma Beatriz y otro/a, solicita la ampliación de la sentencia anterior y la ratificación del domicilio procesal de la ejecutada, Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada.
- La resolución judicial ordena la ampliación de la sentencia del 22.05.25, constituyendo el domicilio en los estrados del juzgado, y dispone que se corra traslado de la liquidación practicada por cinco días, notificándose por ministerio de ley.
- Los fundamentos principales indican que: "Previo a proveer lo solicitado, amplíese la sentencia dictada el 22.05.25 y tiéndese por constituido el domicilio procesal de la ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC). Regístrese correlacionándose con la registrada bajo el Nº 61 del año en curso." "De la liquidación practicada, córrase traslado a la contraria por el término de cinco días (art. 150 del CPCC). Notifiquese por ministerio de ley (art. 133 del CPCC)." "Notifíquese el presente proveído de manera automática en los términos del Ac. 4013 de la SCBA."
- La sentencia no analiza el fondo del proceso, sino aspectos procesales relacionados con la continuación del mismo y la ratificación del domicilio.
- No hay votos en disidencia ni consideraciones de fondo en este fragmento.

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