.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires admitió la queja y rechazó el recurso de casación contra la resolución que confirmó la rechazo de excarcelación y morigeración de la coerción, argumentando que la decisión no viola derechos constitucionales y que los peligros procesales justifican la prisión preventiva.
La defensa particular interpuso queja contra la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mercedes, que había confirmado el rechazo a la excarcelación de Axel Cárdenas Cisneros. La Sala III del Tribunal de Casación Penal, en acuerdo ordinario, resolvió admitir la queja y rechazar el recurso de casación. La decisión se fundamentó en que la resolución impugnada no viola derechos constitucionales ni principios constitucionales, y que los peligros procesales, como la posible destrucción de pruebas y la gravedad del delito imputado (homicidio agravado por abuso de funciones y uso de arma de fuego en concurso con destrucción de medios probatorios), justifican la prisión preventiva. La Sala consideró que la decisión de mantener la detención no resulta arbitraria ni viola el derecho a la libertad, y que los argumentos de la defensa son insuficientes para revertir la decisión. Fundamentos principales: "la resolución impugnada es equiparable a sentencia definitiva y que corresponde a la Sala, como tribunal intermedio, abordar la cuestión constitucional traída" y "los peligros procesales no pueden ser neutralizados con una medida menos gravosa que su efectivo encierro ni contrarrestado con los argumentos dogmáticos expuestos por la defensa". Además, se afirmó que la duración de la detención (desde el 11 de mayo de 2022) no es desproporcionada y que los indicios en la causa justifican la continuidad de la prisión preventiva.
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