BAZAN FLORENCIA CAROLINA Y OTRO/A C/ NOGUERA EVELIN SOLEDAD Y OTRO/A S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La demanda de desalojo por cesación de comodato fue admitida y se ordenó la restitución del inmueble en favor de los actores, condenando a los ocupantes a desocupar en 10 días, con costas a cargo de los vencidos, fundamentando la sentencia en la documentación probatoria y la rebeldía de los demandados.
La parte actora, integrando la propiedad por título de dominio con Escritura N° 359 del 20/10/2021 y registros de dominio, promovió demanda de desalojo por cesación de comodato contra Noguera Evelin Soledad y Franco Martin, quienes ocupaban el inmueble en calidad de inquilinos o ocupantes precarios, respecto del domicilio en Las Delicias 3235 Fondo, San Miguel. La parte demandada no contestó la demanda, siendo declarada rebelde y sin posibilidad de hacer valer sus derechos, consolidándose así los hechos alegados por los actores. La causa se tramitó bajo trámite sumario, con audiencia preliminar y declaración de cuestión de puro derecho, concluyendo en el fallo que hizo lugar a la demanda, ordenando la restitución en 10 días y condenando en costas a los ocupantes. El fundamento principal radica en la acreditación del comodato como acto precario, la documentación probatoria y la actitud procesal de rebeldía de los demandados. La sentencia consideró que la parte actora tiene legitimación plena y que la cesión del inmueble en comodato fue acreditada, por lo que corresponde hacer lugar al desalojo. La resolución fue dictada en un proceso con trámite sumario, en el marco del Plan de Oralidad.
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