.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de La Plata rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa de Leonardo Gabriel Mercado, confirmando la decisión de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de San Martín que denegó el acceso a salidas transitorias, argumentando que no concurren razones constitucionales ni de arbitrariedad que ameriten apartarse del criterio legal vigente.
La defensa de Mercado interpuso recurso de casación contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Martín que negó la inclusión en el régimen de salidas transitorias, por considerar que la resolución no resultaba una derivación razonada del derecho y vulneraba principios constitucionales relacionados con la ley penal más benigna y la interpretación del artículo 2 del Código Penal. La Sala III de la Cámara de Casación Penal de La Plata analizó los argumentos y concluyó que no existían razones constitucionales que justificaran la competencia excepcional del tribunal intermedio, ya que la impugnación no demostraba relación directa con normas constitucionales y se basaba en cuestiones de derecho común. Además, se destacó que la ley procesal se aplica a las situaciones existentes al momento de resolución, no retroactivamente, y que la motivación de la resolución impugnada no evidenciaba arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales. En consecuencia, se rechazó el recurso con costas. La jurisprudencia citada y los fundamentos doctrinales sustentaron que la alegación de cuestiones federales requiere una fundamentación sólida y directa, la cual no fue acreditada en este caso.
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