.................... S/ RECURSO DE QUEJA
Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechaza la queja contra la decisión de denegar salidas transitorias a un condenado por reincidente, confirmando la legalidad y fundamentación de la resolución en base a la normativa aplicable y precedentes doctrinales.
La Sala III del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resuelve la queja interpuesta por la defensa de Maximiliano Nicolás Caballero contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón, que confirmó la denegatoria de salidas transitorias. La defensa argumentó vulneraciones constitucionales, principios de resocialización, progresividad, reserva y legalidad, además de arbitrariedad y discriminación por la condición de reincidente del condenado. La Sala considera que la impugnación no presenta motivos constitucionales que habiliten su revisión en sede casatoria, ya que las cuestiones planteadas son de derecho común y no afectan garantías constitucionales. Además, recuerda que la condición de reincidente, en los términos del artículo 100 de la Ley 12.256 y leyes complementarias, no viola derechos constitucionales, sino que forma parte del estado del sujeto condenado. La valoración del informe criminológico y la condición de reincidente como impedimento legal para conceder salidas transitorias son razonadas y conformes a la normativa vigente. La Sala concluye que la decisión judicial está fundada y no vulnera derechos constitucionales, por lo que rechaza la queja y confirma la resolución impugnada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: