BRUGO MARCELA LUCILA C/ SUCESORES DE HORACIO LUIS ARECO Y OTRO S/ SIMULACION
La Cámara confirmó la declaración de nulidad del acto jurídico de reconocimiento de acciones por simulación, y ordenó la colación del valor de las cuotas en la sucesión de Horacio Rafael Areco. La decisión se fundamentó en la existencia de donación encubierta que vulneró la legítima hereditaria de Lucila Brugo.
- La demandante, Marcela Lucila Brugo, demanda la nulidad del reconocimiento de acciones de Horacio Rafael Areco a favor de sus hijos varones, alegando que fue una donación encubierta para despojarla de su legítima.
- La parte demandada, representada por María Cristina Ibáñez Padilla, Jorge Manuel Areco y otros, niega los hechos y sostiene que los actos fueron válidos, realizados en el marco de la ley y con la intención de evitar conflictos familiares.
- El tribunal consideró que el reconocimiento del 5 de abril de 1984 fue una donación encubierta, que en realidad buscaba beneficiar a los hijos varones en detrimento de la legítima de Lucila Brugo, y que existió simulación en el acto de reconocimiento.
- Se ordenó la colación del valor de las cuotas en la sucesión de Horacio Rafael Areco, reconocida la simulación, y se rechazó la demanda de nulidad.
- Se fundamentó en que la escritura del 1984 y las conductas posteriores evidencian una intención simulada para despojar a la heredera legítima, y que las pruebas periciales caligráficas confirmaron la falsedad de firmas.
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