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ORTIZ JUANA S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara la existencia de herederos en un proceso de sucesión ab-intestato. La Cámara de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°8 de Morón ordena la inscripción de los herederos y destaca que la resolución carece de valor para la transmisión de bienes o cobro de sumas.

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- Quién demanda: No hay una parte demandante en el sentido tradicional, sino que la sentencia se dicta en un proceso de declaración de herederos ab-intestato.

¿A quién se demanda?

No aplica, dado que se trata de un procedimiento de declaración de herederos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración judicial de los herederos de Ortiz Juana, en este caso, su hijo Carlos Alberto Bianco y Ortiz, como herederos universales por fallecimiento de la causante.

¿Qué se resolvió?

Se declara que, por fallecimiento de Ortiz Juana ocurrido el 14/01/2011, le corresponden en carácter de herederos universales su hijo Carlos Alberto Bianco y Ortiz. La resolución se fundamenta en la prueba documental, incluyendo certificado de fallecimiento, matrimonio y nacimiento, y la publicación de edictos sin resultados positivos. La sentencia ordena registrar y notificar la declaración, aclarando que carece de valor para inscripciones de bienes o cobros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con el certificado adunado mediante escrito del 01/04/2025 se acredita el fallecimiento de ORTIZ JUANA ocurrido el día 14/01/2011." "Que la misma había contraído matrimonio el 15/09/1945 con Fermin Bianco premuerto a la misma el día 04/04/1982." "Que de esa unión nació: CARLOS ALBERTO BIANCO (13 de marzo de 1948)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337 y 2426 del Código Civil y Comercial de La Nación y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ORTIZ JUANA le suceden en carácter de universales herederos su hijo: CARLOS ALBERTO BIANCO Y ORTIZ." "Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero." "Se informa que la publicación de edictos tuvo resultado negativo, conforme a lo informado por la Actuaria."

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