.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires confirmó la validez del proceso abreviado y rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Lautaro David Vera, manteniendo la condena por homicidio agravado en grado de tentativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analizó la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por el defensor particular de Vera, concluyendo que fue presentado en tiempo y forma, y que la vía recursiva es procedente por tratarse de un pronunciamiento definitivo en un proceso penal bajo procedimiento abreviado. La Sala afirmó la constitucionalidad y la normativa internacional que garantiza el derecho a revisión judicial, y destacó que la elección del procedimiento abreviado no limita la revisión del fondo del asunto. En cuanto al fondo del recurso, la defensa cuestionó la valoración de la prueba, alegó arbitrariedad en la fundamentación del fallo, y solicitó la absolución de Vera, argumentando que no se acreditó su participación en los hechos, y que se vulneraron derechos constitucionales y derechos humanos. La Fiscalía sostuvo que la valoración probatoria fue adecuada y que la decisión judicial fue fundada en evidencia suficiente, incluyendo testimonios de víctimas, informes médicos y acta policial. El tribunal valoró la prueba conforme a la lógica y la experiencia, y confirmó que Vera participó activamente en el hecho delictivo, contribuyendo en la ejecución del plan criminal. La Sala rechazó que hubiera exceso de jurisdicción o violación del acuerdo de juicio abreviado, y concluyó que la valoración probatoria fue correcta y que la calificación legal era adecuada. El tribunal finalizó reafirmando la legalidad del proceso y la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de casación y ordenando costas. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El recurso fue interpuesto por quien se encuentra legitimado, en debido tiempo y contra un pronunciamiento definitivo, satisfaciendo los requisitos de admisibilidad (arts. 18 y 75, inc. 22, CN; 14, nº 5, PIDCP; 8, nº 2, h, CADH; 20 inc. 1, CPP). La posibilidad de revisión no puede limitarse por el procedimiento abreviado, en atención a la jurisprudencia internacional y la doctrina nacional, que consideran el derecho a la revisión como garantía constitucional." "El análisis probatorio revela que el juez valoró las declaraciones de las víctimas y testigos, informes médicos y acta policial, en forma congruente y fundada. La intervención del imputado, Lautaro Vera, fue acreditada mediante elementos de convicción que demuestran su participación activa en la tentativa de homicidio múltiple, en cumplimiento de un plan común." "No existe arbitrariedad en la valoración, ni se vulneraron derechos constitucionales o internacionales. La calificación legal del hecho como homicidio agravado por el empleo de arma de fuego, en grado de tentativa, fue ajustada a
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