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GARCIA MARIA GRACIELA Y OTRO/A S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La sentencia ordena la rectificación de los registros de DNI en las actas de matrimonio y nacimiento de las partes debido a un error en el número de documento. El tribunal accede a la petición tras verificar la documentación y el dictamen del Ministerio Público Fiscal, asegurando la correcta identificación de las partes.

Honorarios profesionales Jurisdiccion civil Dni Mar del plata Documentacion oficial Ley 14.967 Registros civiles Rectificacion de actas Actas de matrimonio y nacimiento Error en documento

La señora María Graciela Garcia y la señora Macarena Farace demandan la corrección del número de DNI en sus actas de matrimonio y nacimiento, ya que les informaron un número incorrecto (14.294.267 en lugar del correcto 14.394.267). La demandante aportó actas de nacimiento y matrimonio que reflejan el error y documentación oficial que acredita el número correcto. El tribunal, tras analizar las constancias y el dictamen del Ministerio Público Fiscal, decide disponer la rectificación en las actas correspondientes, comunicándose al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. La resolución se fundamenta en los arts. 34, 36, 384 y ss. del CPCC y en la ley 14.967, considerando la importancia de la corrección para la identificación personal y la integridad de los registros públicos. Se regula además la honorarios de la representante profesional en la suma de siete (7) Ius Arancelarios, en virtud de la complejidad y la labor profesional desarrollada.

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