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.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La Cámara de Casación Penal de Buenos Aires casó la resolución que denegó el régimen abierto a Barrionuevo y ordenó su inclusión en dicho régimen, considerando sus logros y conducta positiva en la institución. La decisión se fundamentó en la evaluación favorable del informe técnico y la conducta ejemplar del condenado.

Arbitrariedad Recurso de casacion Conducta ejemplar Libertad condicional Sistema penitenciario Regimen abierto Buenos aires. Evaluacion criminologica Evaluacion favorable Derecho a la revision

La Cámara de Casación Penal de Buenos Aires revisó la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de La Matanza, que había confirmado la denegatoria del régimen abierto para Barrionuevo. La Cámara de Casación consideró que la resolución de la instancia anterior fue arbitraria e inmotivada, ya que no ponderó adecuadamente los logros y comportamiento positivo del condenado, y apartó infundadamente de la evaluación del organismo técnico criminológico. La Cámara también destacó que los argumentos relacionados con la condición de reincidente no constituían impedimentos legales para la concesión del régimen, ya que sólo se basaron en apreciaciones subjetivas. La decisión enfatizó que la positiva conducta, la participación en actividades educativas y laborales, y las recomendaciones del organismo técnico justifican la inclusión en el régimen abierto. En consecuencia, la Cámara de Casación ordenó casar la resolución y dictar una nueva que incluya a Barrionuevo en el régimen abierto, encomendada al órgano de origen, sin costas. Fundamentos principales: “El hecho cierto de que Barrionuevo no realice -actualmente
- tareas laborales dentro de la Unidad, radica en la carencia de los cupos necesarios, encontrándose actualmente en lista de espera. [...] La positiva evaluación en el plano institucional del nombrado, quien durante su encierro obtuvo buenos parámetros de conducta y concepto y capitalizó -con creces
- los espacios tratamentales ofrecidos intramuros. [...] Se apartaron infundadamente de la evaluación realizada por el Organismo Técnico Criminológico, que consignó una opinión favorable para la inclusión del causante en el régimen solicitado. De acuerdo a lo expuesto, verifico que se han dejado de lado aquellos logros y progresos que corresponden sean estimados como aspectos positivos y ello me impide acompañar lo decidido.” Disidencias: No se registran votos disidentes relevantes.

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