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.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la constitucionalidad de los artículos 14 del Código Penal y 100 de la Ley 12.256, rechazando el recurso de casación que cuestionaba dichas normas, y sostuvo que la limitación del acceso a beneficios liberatorios en delitos graves es constitucional y razonable.

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La defensora oficial, Dra. María Evangelina Bérèterbide, interpuso recurso de casación contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías de Mercedes, que confirmó la denegatoria de la libertad condicional y salidas transitorias a su asistido, Carlos Godoy. La defensora argumentó que los arts. 14 del C.P. y 100 de la Ley 12.256 son inconstitucionales, ya que violarían derechos constitucionales y principios resocializadores, solicitando la declaración de inconstitucionalidad y la adopción de medidas liberatorias. La Sala I del Tribunal de Casación analizó la admisibilidad del recurso y concluyó que, si bien la impugnante plantea una cuestión federal vinculada a la constitucionalidad de normas, la jurisprudencia mayoritaria de la Corte provincial y la Corte Suprema de la Nación ha sostenido la constitucionalidad de dichas disposiciones, justificando la restricción en delitos graves y en función de la política criminal. Además, la Sala consideró que la declaración de inconstitucionalidad de normas de jerarquía inferior debe hacerse con suma prudencia y solo cuando exista una violación clara y concreta de derechos constitucionales. En ese marco, rechazó el recurso, confirmando la legalidad de la resolución impugnada. El voto mayoritario concluyó que la limitación a beneficios liberatorios en delitos especialmente graves, como fundamento del legislador, responde a una política criminal razonable y no viola derechos constitucionales. La disidencia, en cambio, sostuvo que la declaración de inconstitucionalidad debe ser considerada como una última ratio y que en el caso no se acreditó con suficiente claridad la vulneración constitucional, por lo que propuso remitir los actuados a la instancia inferior para que se dicte un nuevo pronunciamiento tras recabar informes criminológicos.

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