.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declara inadmisible la queja en causa por recurso de queja contra resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores, por considerar que no se configura un agravio federal ni perjuicio irreparable, confirmando la decisión de no conceder el régimen de visitas intercarcelarias.
La queja fue interpuesta por la defensa del interno Leandro Maldonado Arroyo Maldonado contra la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en Dolores, que confirmó la denegatoria del régimen de visitas intercarcelarias en la Unidad Penal 6. La defensa argumentó que la decisión era arbitraria, basada en un episodio aislado y sin pruebas suficientes, y que causaba un perjuicio irreparable, ya que restringía el contacto con su familia. La Sala Casatoria analizó la admisibilidad y concluyó que la queja no presenta agravios federales ni perjuicio irreparable, ya que la resolución atacada no pone fin a la causa ni impide su continuación, además de que el recurso no satisface el doble conforme. La Cámara de Casación declaró inadmisible la queja con costas.
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