BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ OJEDA NADIA MARIA S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena la ejecución del pago por parte de Nadia María Ojeda en favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires, confirmando la validez de los instrumentos ejecutivos y rechazando excepciones, con costas a la parte vencida y diferimiento en la regulación de honorarios.
El Banco de la Provincia de Buenos Aires demanda a Nadia María Ojeda en un proceso de cobro ejecutivo, reclamando el pago de $79.583,21 por el convenio de refinanciación y $100.184,38 por el contrato de mutuo, intereses incluidos. La sentencia de primera instancia ordena la ejecución del pago, estableciendo que la ejecutada no opuso excepciones legítimas y que los intereses correrán desde la mora, que se produjo automáticamente en las fechas pactadas, hasta el pago efectivo, conforme a los arts. 622 del Código Civil y Comercial y 771 del mismo código. La decisión también impone las costas a la parte vencida y difiere la regulación de honorarios hasta la liquidación de los montos. La fundamentación principal sostiene que: "en base a la constancia del mandamiento de intimación de pago y la falta de oposición de excepciones, procede la ejecución en los términos solicitados", y que "los intereses deben correr desde la mora, conforme a la cláusula contractual y la normativa aplicable". Además, se cita jurisprudencia y artículos del Código Civil y Procesal para justificar la liquidación de intereses y costas. La resolución se fundamenta en que la parte ejecutada no alegó y no opuso excepciones legítimas, por lo cual se confirma la procedencia del cobro y la ejecución.
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