FINVERT SRL C/ CARRIZO DANIEL ALEJANDRO S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia dispone la inhibición y remisión de las actuaciones por la existencia de quiebra previa del ejecutado. El tribunal dispuso que, por tratarse de un documento librado antes del decreto de quiebra, se aplica el artículo 132 de la Ley 24.522, ordenando la remisión del expediente al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4 de La Plata.
La parte actora, FINVERT SRL, inició un proceso ejecutivo contra Daniel Alejandro Carrizo. La resolución establece que, dado que en las presentes actuaciones se fundan en un documento fechado el 11/6/2018, anterior a la declaración de quiebra del ejecutado dispuesta en autos N° LP-24330-2020 con fecha 3/08/2020, corresponde aplicar el artículo 132 de la Ley 24.522. La sentencia señala que, en virtud de esto, se debe inhibir la jurisdicción y remitir las actuaciones al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4, previa baja en el sistema informático y por Intermedio de la Receptoría General de Expedientes. El juez fundamenta su decisión en que la existencia de la quiebra afecta la competencia del proceso en curso y que la remisión es la medida adecuada para cumplir con la normativa aplicable.
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