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MORZILLI CARLOS ABEL C/ ESUCO SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La sentencia condenó a ESUCO S.A. y en extensión a La Caja de Seguros S.A. a indemnizar a Carlos Morzilli por daños derivados de un accidente vehicular, confirmando la responsabilidad del demandado y fijando los montos indemnizatorios. La decisión se basa en la responsabilidad objetiva por el uso de automotores y en la prueba de la existencia del daño y la responsabilidad del demandado.

Responsabilidad objetiva Indemnizacion Lucro cesante Dano emergente Prueba pericial Seguro automotor Responsabilidad del propietario Responsabilidad civil automotor Ley 17.418 Danos por colision

El actor, Carlos Morzilli, demandó a ESUCO S.A. y La Caja de Seguros S.A. por daños ocasionados por la colisión de su vehículo estacionado con una camioneta propiedad de ESUCO S.A., que huyó del lugar. La sentencia establece que la responsabilidad recae sobre la propietaria del vehículo, por ser guardián del mismo, y que la aseguradora cubrió la destrucción total del vehículo, abonando $93.990. El tribunal concluye que la conductora de la camioneta actuó con negligencia, incumpliendo normas de tránsito, por lo que se responsabiliza a la demandada. Se reconoce la responsabilidad objetiva y la relación causal, justificando la condena. Se rechazan parcialmente los rubros por daño emergente y lucro cesante, ajustando la indemnización a $44.300, actualizable con intereses y tasas, y se extiende a la aseguradora en los términos de la ley 17.418. La prueba pericial y documental respalda la responsabilidad del demandado, mientras que la falta de prueba sobre la cuantificación del lucro cesante lleva a su estimación en base a un salario mínimo vital y móvil.

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