.................... S/ LESIONES LEVES EN CONCURSO REAL CON AMENAZAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA FAMILIAR
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, absolviendo a Robledo por el delito de amenazas y manteniendo la condena por lesiones leves agravadas, ajustando la pena a seis meses de prisión condicional. La decisión se fundamentó en que la conducta atribuida a Robledo no constituye una amenaza, y en la valoración de la prueba testimonial y la motivación de la sentencia, respetando la inmediación y oralidad del debate. El tribunal destacó la importancia de la motivación en las decisiones judiciales, controlando la fundamentación y rechazando argumentos de arbitrariedad o inconsistencia probatoria, en línea con la jurisprudencia constitucional y de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación revisó la sentencia contra Gabriel David Robledo, condenado a 10 meses de prisión condicional por lesiones leves agravadas y amenazas en un contexto de violencia familiar y de género. El defensor alegó que el fallo era arbitrario y que la valoración probatoria era contradictoria. El tribunal sostuvo que la valoración de la prueba en el debate oral es responsabilidad del juez de primera instancia, y que la simple discordancia no implica arbitrariedad. Además, analizaron la conducta atribuida por la víctima y concluyeron que la expresión "se por donde te moves" no constituye una amenaza, por lo que se debe absolver a Robledo en ese delito. La pena por lesiones se ajustó a seis meses de prisión condicional. La motivación de la sentencia fue considerada adecuada, en línea con principios constitucionales y jurisprudenciales, reafirmando la importancia de la fundamentación para garantizar el debido proceso y control del acto jurisdiccional.
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