.................... S/ COHECHO PASIVO - TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE GUERRA, EN CONCURSO REAL CON INF. AL ART. 301 BIS DEL C.P. - TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE USO CIVIL, EN CONCURSO REAL CON INF. AL ART. 301 DEL C.P.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Lomas de Zamora declara inadmisible el recurso de apelación del defensor particular de Salguero contra la condena por cohecho pasivo. La sentencia de primera instancia quedó firme por no haberse fundado y motivado adecuadamente los agravios, en línea con los requisitos del art. 446 del CPP.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El defensor particular Dr. Juan Antonio Raña interpuso recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada el 16 de octubre de 2024 por el Juzgado Correccional N° 5 Departamental, por considerar que las pruebas eran insuficientes para acreditar la materialidad ilícita y la autoría, y que el delito estaría prescripto. La Cámara de Apelaciones, tras analizar los agravios, concluyó que la apelación no cumple con los requisitos de fundamentación y motivación exigidos por el art. 446 del CPP, ya que el recurso se limita a señalar que las pruebas son insuficientes y a alegar la prescripción del delito sin ofrecer una crítica concreta o razonada a la sentencia. Los jueces Alberdi, Navascués y Rolón coincidieron en que la apelación carece de fundamentación suficiente y, por ende, debe ser considerada inadmisible. La Cámara, por mayoría, resolvió confirmar la decisión de primera instancia y declarar inadmisible el recurso.
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