.................... S/ AMENAZAS CALIFICADA
La Cámara de Lomas de Zamora revoca la condena y absuelve a Delgado por las amenazas en violencia familiar, considerando que los hechos no constituyen un delito de amenazas en los términos del art. 149 bis del Código Penal, tras analizar la prueba y la conducta de la víctima.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso penal siguió a Matías Gabriel Delgado por el delito de amenazas en el contexto de violencia familiar y de género, en virtud de un juicio abreviado que resultó en una condena de seis meses de prisión efectiva. La defensa apeló por considerar que la sentencia fue arbitraria, sin fundamentación suficiente y que los hechos no encuadraban en el delito imputado. La Cámara analizó las constancias probatorias, especialmente la declaración de Romanella, quien manifestó que en la situación no tuvo miedo ni sensación de amenaza, y que los dichos atribuidos a Delgado no tenían entidad suficiente para causar temor. La Sala concluyó que la conducta imputada era atípica, pues la víctima expresó que no le tenía miedo y que la situación no fue violenta sino enfermiza y temerosa, por lo cual la conducta no encuadraba en el tipo penal de amenazas. En virtud de ello, revocó la condena y dispuso la absolución libre y sin costas de Delgado, ordenando su inmediata libertad. La sentencia destaca que la doctrina de la arbitrariedad es de carácter excepcional y que en el caso la sentencia de primera instancia contó con fundamentación clara y suficiente.
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