M., J. F. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL, SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 18791 UFI 8 IPP 03-04-0629-22 (JEP 18840)
La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución que denegó la libertad condicional y las salidas transitorias a José Federico Monzón, considerando que la evaluación criminológica y penitenciaria no permitía su otorgamiento. La decisión se fundamenta en informes negativos y en el cumplimiento parcial del tiempo de condena, priorizando la protección de la sociedad y la evaluación de riesgos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor (el imputado José Federico Monzón) solicita la libertad condicional, salidas transitorias y régimen abierto, tras ser condenado por hurto agravado por escalamiento a cuatro años de prisión, con vencimiento en febrero de 2026. La resolución del juez de ejecución fue denegar dichas solicitudes, basándose en informes que califican su conducta en prisión como regular, y en su falta de participación en actividades laborales o educativas significativas, además de la evaluación criminológica que indica tendencia a conductas delictivas compulsivas. La defensa argumentó que el juez se apoyó excesivamente en la opinión negativa del Servicio Penitenciario, violando principios constitucionales y de derechos humanos, y que no realizó una adecuada fundamentación. La Cámara confirmó la decisión del juez, resaltando que los informes y las condiciones del condenado no permiten asegurar su reinserción social ni protección social, por lo que la denegación resulta ajustada a derecho. La decisión se fundamenta en que, pese a algunos avances, persisten riesgos y desajustes en su perfil psicológico y social, y que no se cumplen las condiciones legales para la concesión del beneficio.
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