S., A. S/PUBLICACIÓN Y REPRODUCCIÓN DE IMÁGENES PORNOGRAFICAS (IPP 03-02-498-25) (J.G N°4)
La Cámara de Dolores confirma la prisión preventiva de Santander por delitos de distribución y tenencia de pornografía infantil, considerando la gravedad de los hechos y los peligros procesales, rechazando los agravios de la defensa que alegaban falta de peligrosidad y ausencia de elementos subjetivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado Agustín Santander fue procesado por los delitos de distribución y tenencia de pornografía infantil, siendo la causa 27845. La Cámara de Dolores confirmó la resolución del juez de Garantías, Dr. Diego Olivera Zapiola, que convirtió en prisión preventiva la detención del imputado. La defensa apeló argumentando que no existían peligros procesales ni elementos subjetivos que justificaran la prisión, y que no había pruebas que acreditaran la distribución a terceros, sosteniendo que el material hallado había sido autoenviado de un dispositivo a otro por el propio Santander. La Cámara analizó estos planteos y concluyó que los elementos de convicción y la gravedad de los hechos justificaban la medida cautelar, además de considerar que la naturaleza del delito y los riesgos procesales hacen procedente mantener la prisión preventiva. La defensa no logró demostrar la inexistencia de peligros procesales ni la falta de elementos subjetivos, y la Cámara enfatizó que la regulación del art. 128 del Código Penal busca proteger a menores en contextos internacionales contra la explotación sexual, por lo que la protección del bien jurídico tutelado prevalece sobre los agravios. La Cámara rechazó los recursos y confirmó la resolución de prisión preventiva.
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