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L., J. P. S/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS EN CAUSA 14675 UFI 3 IPP 03-00-004871-13 (J.E.P. 19114)

La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la denegatoria de salidas transitorias para el condenado por homicidio, argumentando que no se cumplían los requisitos legales y que el fallo se ajustaba a derecho.

Recurso de apelacion Derechos humanos Denegatoria Cumplimiento de requisitos Informe psicologico Salidas transitorias Regimen penitenciario Condena por homicidio Camara de apelaciones. Ley 12.256

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal de primera instancia, mediante resolución del 29 de abril, denegó las salidas transitorias peticionadas en favor de Jorge Pablo Lantaño, condenado a 15 años por homicidio en ocasión de robo, con vencimiento en 2030. La defensa interpuso recurso de apelación, alegando vulneración de derechos internacionales y errores en la valoración de informes psicológicos y situación penitenciaria. La Cámara, tras analizar los requisitos legales y la situación del penado, concluyó que no se cumplían los requisitos legales para conceder las salidas, y confirmó la resolución en crisis. Se resaltó que el condenado no cumplía con las condiciones del art. 100 inc. 1° de la Ley 12.256 y que su situación penitenciaria no permitía acceder a las salidas transitorias. La Cámara también destacó que el penado había sido promovido a un régimen abierto, pero ello no implicaba automáticamente la concesión de la salidas. Los argumentos del recurso fueron desestimados, confirmando la decisión de denegar las salidas transitorias por ajustarse a derecho.

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