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T., C. A. S/ INF. LEY 13178 ART. 2, 13857 Y DEC. REG. 828 (JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PINAMAR - EXP N°59841)

La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó parcialmente la sentencia que condenó a Camila Torrente por infracción a la ley 13.178, manteniendo la multa y clausura, rechazando los agravios por nulidad y proporcionalidad, y basando su decisión en la valoración de la prueba y la legalidad del proceso.

Recurso de apelacion Multa Clausura Nulidad procesal Procedimiento legal Camara de apelaciones. Acta de infraccion Infraccion ley 13.178 Proporcionalidad sancion Prorroga habilitacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Camila Torrente recurre la condena por infracción a la ley 13.178, presentada por el Juzgado de Paz de Pinamar, que la condenó a una multa de $230.000 y clausura del local "Primorisas" por 30 días. La apelante argumenta nulidades procesales, falta de valoración de prueba, y que la sanción es excesiva y violatoria de la Constitución. La Cámara analiza la validez del acta de infracción, la legalidad del procedimiento, y la proporcionalidad de la sanción, concluyendo que la resolución de grado está fundada y que los agravios no justifican la revocación. La prueba documental y testimonial respaldan la comisión de la infracción, y la sanción impuesta es proporcional y legal. La Cámara confirma la sentencia en los términos en que fue dictada, rechazando el recurso.

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