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AAB TAMARA GISELLA Y OTRO/A C/ ALONSO MOLINA HERNAN PATRICIO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El tribunal declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, debido a la inacción de no expresar agravios dentro del plazo establecido. La resolución confirma el estado procesal actual y devuelve los autos al juzgado de origen.

Danos y perjuicios Recurso de apelacion Sentencia Desercion Camara de apelaciones Accidentes de transito Notificacion electronica Plazo para agravios Art. 261 del c.p.c.c. Devolucion autos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Tamara Gisella Aab y Brian Ruben Saavedra, interpuso un recurso de apelación el 28 de febrero de 2025 en un proceso por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, en el que también son demandados Hernán Molina y otros. La Cámara, tras verificar la falta de agravios en el plazo legal (vencido el 6 de mayo de 2025), declaró el recurso desierto conforme a lo dispuesto en el art. 261 del C.P.C.C. La resolución señala: "se declara desierto el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de febrero del 2025 y libremente concedido el día 11 de marzo del mismo año". El tribunal concluye que no queda recurso pendiente y ordena devolver los autos al juzgado de origen, notificando a las partes en los términos del art. 10 y 11 del Reglamento para las presentaciones y notificaciones por medios electrónicos.

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