SILVA EVARISTAC/ EL PUENTE S.A.T. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que condenó a los demandados por daños en un accidente de transporte público, sosteniendo que la responsabilidad del conductor y la empresa transportista fue acreditada y que la prueba producida respaldó la atribución de responsabilidad.
La actora, Evarista Silva, demanda a Pedro Andrés Semeszcuk, El Puente SAT y Garantía Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, reclamando indemnización por daños derivados de un accidente ocurrido en un transporte público. La sentencia de primera instancia, dictada el 01/02/2023, hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados, imponiendo costas. La parte demandada apeló alegando indebida valoración de la prueba y que la carga de la prueba recae sobre la actora, solicitando la revocación de la sentencia y el rechazo de la demanda. La Cámara revisó la prueba, destacando que la confesión ficta del codemandado Pedro Andrés Semeszcuk, sumada a la prueba documental y la valoración de la conducta del conductor, acreditaron la ocurrencia del hecho dañoso y su relación causal con la responsabilidad de los demandados. La jurisprudencia y doctrina citadas confirman que la responsabilidad del transportista es de resultado, y que la carga de probar la existencia del daño y su relación causal recae en quien reclama. La valoración de la prueba, en particular la confesión ficta, fue considerada válida y suficiente para acreditar el hecho dañoso. La Cámara concluyó que la responsabilidad del conductor y la empresa quedó debidamente acreditada y que no existieron errores en la valoración probatoria. En consecuencia, se confirma la sentencia de primera instancia y se imponen las costas a los demandados y su aseguradora, quienes son considerados vencidos. La regulación de honorarios quedó pendiente hasta la realización en la instancia de origen.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: