DERLUK EUGENIO S/ SUCESION AB-INTESTATO Y TESTAMENTARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Martín resuelve parcialmente a favor del recurso del abogado Languiller, ajustando la base regulatoria de honorarios y confirmando los estipendios, tras analizar la tasación del inmueble y la participación en el proceso. La decisión se fundamenta en la normativa arancelaria y la valoración económica del caso.
El recurso de apelación fue presentado por el Dr. Languiller, quien cuestionó la regulación de honorarios establecida en la resolución del 20/12/2023, argumentando que los mismos eran bajos y que la decisión contenía nulidades por considerar un informe desactualizado y una tasación que no fue impugnada. La heredera, Angélica Derluk, contestó el traslado solicitando que se ratifique la regulación de honorarios en 4 JUS y se declaren pagos los mismos. La Cámara analizó la tasación del inmueble de U$S 190.000, que en moneda local equivale a $179.829.300, y considerando la participación del 50% en el acervo hereditario, determinó una base regulatoria de $89.914.650. La Cámara concluyó que la vivienda en cuestión no conserva su destino como sede familiar, por lo que no es aplicable la limitación prevista en la ley arancelaria. Respecto a los honorarios, la Cámara fundamentó que la regulación debe ajustarse a parámetros de justicia y razonabilidad, confirmando los honorarios en 4 JUS, más aportes previsionales. La votación fue mayoritariamente favorable al ajuste del monto de la base regulatoria y la confirmación de los honorarios, con disidencia parcial respecto a la nulidad alegada por el recurrente.
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