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T. M. C/ G. E. N. S/ ALIMENTOS

La Cámara de Apelaciones revoca la liquidación de alimentos atrasados y ordena un nuevo arqueo, manteniendo la liquidación anterior hasta su correcta formulación. La decisión busca garantizar el cumplimiento del derecho a alimentos y la seguridad jurídica en la liquidación de la deuda alimentaria.

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- Quién demanda: M. C. T.
- A quién se demanda: E. N. S. (parte demandada)
- Qué se reclama: Revisión y corrección de la liquidación de alimentos atrasados, y aumento de honorarios de la letrada.
- Qué se resolvió: La Cámara revoca la resolución del 23/08/2024, dejando sin efecto la liquidación aprobada, ordenando un nuevo cálculo que considere los mínimos, depósitos, deducciones y períodos no objetados. También se aumenta la regulación de honorarios de la letrada a 45 JUS y se declara que no hay costas de alzada.
- Fundamentos principales: "El recurso de la actora debe prosperar, pero no en la medida pretendida por la actora. La liquidación aprobada no se ajusta a las pautas de la sentencia de grado ni a los lineamientos de esta Cámara. La liquidación provisional fue susceptible de corrección, ya que las mismas no contienen el mínimo del 25% de los ingresos del demandado, no consideran depósitos por alimentos provisorios y algunos períodos calculados sin tener en cuenta deducciones no Ley. La jurisprudencia sostiene que las liquidaciones pueden ser modificadas de oficio para evitar desequilibrios, y en este caso, la liquidación actual no respeta las pautas fijadas por la sentencia. Por ello, corresponderá practicar un nuevo cálculo, considerando los importes abonados y ajustándose a los parámetros normativos y jurisprudenciales." Disidencia: No se presenta en este fallo. "El recurso de la actora debe prosperar, pero no en la medida pretenda, ya que la liquidación aprobada no se ajusta a las pautas de la sentencia y debe ser reformulada." "El arqueo practicado por Secretaría y aprobado no respeta los mínimos del 25% de los ingresos, además de omitir depósitos y deducciones no Ley, por lo que se deja sin efecto y se ordena un nuevo cálculo."

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