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F., A. S. Y F., L. A. C/ F., W. S. S/ ALIMENTOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mercedes confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la expresión de agravios no cumple con los requisitos legales y que la apelación debe ser desierta por falta de fundamentación adecuada.

Recurso de apelacion Cuota alimentaria Alimentos Agravios insuficientes Desestimacion Primera instancia Apelacion desierta Inidoneidad Diferencia entre obligaciones

La parte actora, A. S. y L. A. F., interpuso recurso de apelación contra la sentencia de fecha 20/3/25, en la cual se rechazó la solicitud de cuota alimentaria para A. S. y se fijó para L. A. F. en el 15% de los ingresos netos del demandado W. S. S. La Cámara analizó la presentación y concluyó que el recurso de agravios no cumple con los requisitos de fundamentación concreta y razonada, ya que no se cuestionaron los fundamentos que justificaron la decisión en la sentencia. La Cámara sostuvo que "no basta para fundar el recurso en disconformidades genéricas, las transcripciones de constancias de los autos; en la medida que ellas no sean una crítica concreta y razonada de los errores que se le imputan al decisorio apelado". Además, la sentencia hizo una diferenciación clara entre las obligaciones alimentarias de cada reclamante: se rechazó la pretensión de A. S. por no acreditar los requisitos del artículo 663 del CCyC, y se hizo lugar a la de L. A. F. en función de la ley y la prueba presentada. La Cámara resaltó que la apelación de A. S. no se dirigió contra los fundamentos que justificaron la decisión, limitándose a una crítica genérica que fue considerada insuficiente. En consecuencia, se declaró la inidoneidad de la expresión de agravios y se declaró desierto el recurso de apelación, con costas a los vencidos. Fundamentos principales: "la Alzada no está facultada institucionalmente para suplir los déficits argumentales del recurrente, ni para ocuparse de las quejas que éste no dedujo" (cita de Juan Carlos Hitters). La sentencia fue clara en distinguir las obligaciones alimentarias de los dos actores, y la apelación solo cuestiona la decisión respecto a A. S., sin atacar los fundamentos del fallo. Además, la falta de fundamentación razonada en la expresión de agravios impide admitir el recurso. Voto en el mismo sentido del Dr. Lucas Ricardo Gomez.

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