AGENTES ROMERO S A C/ DI BATTISTA, JOSE ALBERTO S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara revoca la decisión de inhibición del juez de paz y determina que la relación no es de consumo, por lo que las actuaciones deben continuar en el Juzgado de Paz de 25 de Mayo. La decisión se fundamenta en que el ejecutado no es consumidor final, sino comerciante o revendedor, y en que la documentación y circunstancias del caso evidencian una relación empresarial.
La actora, Agentes Romero S.A., inició un proceso ejecutivo contra José Alberto Di Battista, solicitando el cobro de $19.000 USD bajo la modalidad de mercaderías. La sentencia de primera instancia declaró la competencia del Juzgado de Paz de Saladillo, basándose en la presunción de relación de consumo, por tratarse de una relación en la que el ejecutado sería consumidor final. La parte actora apeló esa resolución, argumentando que el demandado es un comerciante y transportista, y que la documentación y monto en dólares hacen evidente que la relación no es de consumo, sino comercial. La Cámara de Apelaciones revoca la resolución de inhibición y sostiene que, en función del análisis de las circunstancias y la documentación, no existen indicios de una relación de consumo, por lo que las actuaciones deben continuar en el Juzgado de Paz de 25 de Mayo. La decisión se apoya en la doctrina del precedente "Cuevas" y en la evidencia que demuestra la naturaleza comercial del vínculo. La Cámara aclara que las circunstancias del caso evidencian que el demandado no es consumidor final sino comerciante o revendedor, y que la documentación, monto y descripción del pagaré sustentan esa conclusión.
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