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ZAYA SANDRO ABEL C/ ROJAS RICARDO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Segunda, confirma la declaración de caducidad de la instancia y la resolución del juez de primera instancia que ordenó la extinción del proceso por inactividad prolongada, fundamentándose en el incumplimiento del impulso procesal por parte del actor y en la interpretación restrictiva del instituto de la caducidad.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue promovida por Z S A contra R R y otro, por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La primera instancia declaró la caducidad de la instancia por inacción del actor, disponiendo la extinción del proceso y las costas a su cargo. La actora apeló argumentando que no hubo abandono del proceso, resaltando que desde 2014 ha impulsado la causa y que la citación del tercero, solicitada por su letrada, dilató el trámite. La Cámara analizó la normativa y la jurisprudencia, concluyendo que la inacción del actor desde 18/6/2024 hasta 14/2/2025 configura la caducidad del proceso, en atención a la interpretación restrictiva del instituto y a la función sancionatoria que cumple. La Cámara ratificó la resolución apelada, afirmando que no se configuró una situación de duda que amerite una interpretación extensiva y que el retraso en la actividad procesal justifica la caducidad, imponiendo las costas a la parte recurrente y diferiendo los honorarios.

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