PONTI ALAN GONZALO C/ BOTTO JOSE LUIS SUS SUCESORES S/ FILIACION
La sentencia rechaza la demanda de filiación por prueba de ADN que excluye vínculos biológicos, confirmando la competencia y la validez de la prueba pericial, y ordena costas al actor. La apelación de la parte actora fue parcialmente fundada, confirmando la decisión en cuanto al rechazo de la demanda.
La demanda de filiación fue promovida por Cecilia Alejandra Ponti en representación de su hijo menor Alan Gonzalo Ponti, contra José Luis Botto. La causa fue tramitada inicialmente ante el Tribunal de Familia N° 1, pero por declaración de incompetencia, fue remitida al Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Quilmes. La prueba pericial de ADN, realizada por la Asesoría Pericial de La Plata, reveló incompatibilidades genéticas en los marcadores del cromosoma Y entre Alan Gonzalo Ponti y Axel Iván Botto, excluyendo vínculo paterno y, por ende, la filiación demandada. La parte demandante solicitó el rechazo de la demanda, que fue acogido por el tribunal, basándose en la prueba genética concluyente. La sentencia enfatiza la importancia del derecho a la identidad y la precisión en la determinación de vínculos biológicos, citando jurisprudencia internacional y normativa local. La parte actora impugnó la decisión, pero la apelación fue desestimada, permaneciendo firme la sentencia que rechaza la demanda y ordena costas.
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