BANCO INDUSTRIAL S.A. C/ ABALLAY GRISELDA ADRIANA S/ COBRO EJECUTIVO
La jueza declaró la caducidad de la instancia en un proceso de cobro ejecutivo por inactividad procesal de la parte actora, ordenando el archivo de las actuaciones y la imposición de costas a la parte vencida, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.
La jueza Lelkes resolvió decretar la caducidad de la instancia en un proceso por cobro ejecutivo iniciado por ABALLAY GRISELDA ADRIANA contra BANCO INDUSTRIAL S.A., por considerar que la inacción procesal de la actora, que no impulsó el expediente desde la última actuación el 16/12/2022, superó los tres meses previstos por el art. 310 inc. 3° del C.P.C.C. La resolución se fundamenta en que la caducidad es una sanción prevista en la ley ante la inactividad prolongada, que afecta los valores de paz y seguridad jurídica. La jueza destacó que la ley 13.986 incorpora la caducidad en casos de reincidencia en la omisión de impulsar la instancia, y que la inacción de la parte actora, tras el requerimiento de impulso, justifica la declaración de caducidad. La resolución también impone las costas a la parte actora en su condición de vencida y difiere la regulación de honorarios para una etapa posterior. La decisión se basa en los principios de orden público y en la necesidad de evitar la duración indefinida de los procesos.
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