BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FERNANDEZ ADRIANA S/ COBRO EJECUTIVO
Se declara la caducidad de la instancia en un proceso de cobro ejecutivo por inactividad procesal de la parte actora. La decisión se fundamenta en la ley de caducidad, dado que transcurrieron más de tres meses sin actuaciones que impulsen el proceso, y se imponen costas a la parte actora vencida.
La juez Débora Elena Lelkes decreta la caducidad de la instancia en el proceso iniciado por Adriana Fernández contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires por cobro ejecutivo. La resolución se basa en la inactividad de la parte actora, que no realizó ningún acto procesal desde la última actuación del 20/11/2023, y en la normativa del art. 310 inc. 3° del C.P.C.C., que prevé la caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar el proceso. La jueza recuerda que la caducidad es un instituto de orden público destinado a evitar la duración indefinida de los procesos y que la ley 13.986 establece el supuesto de caducidad en casos de reincidencia en la omisión de impulsar la instancia. La resolución también impone las costas a la parte actora y difiere la regulación de honorarios hasta que la misma quede firme.
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