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FABREGUES RICARDO Y REY NORMA S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara la sucesión ab intestato de Norma Rey y Ricardo Fabregues, reconociendo a sus hijos como herederos universales y estableciendo la transmisión de bienes en virtud del fallecimiento de ambos. La decisión se fundamenta en la acreditación de los fallecimientos, matrimonio y descendencia, y en el cumplimiento de los requisitos legales, incluyendo la publicación de edictos sin oposición.

Bienes gananciales Sucesion ab intestato Herederos Derecho civil Edictos Herederos universales Apertura de sucesion Certificados de defuncion Articulo 734 c.p.c.c.

La presente resolución judicial declara la apertura de la sucesión ab intestato de Norma Rey, fallecida el 18/09/2018, y Ricardo Fabregues, fallecido el 30/06/2021. La jueza fundamenta su decisión en los certificados de defunción, matrimonio y nacimiento, además de la publicación de edictos, cuyo resultado fue negativo, en cumplimiento del artículo 734 del C.P.C.C. La sentencia indica: "Por fallecimiento de éste último le suceden en carácter de universal herederos sus hijos María Silvina Fabregues, Pablo José Fabregues, Cecilia María Fabregues y María Laura Fabregues." La resolución también señala que Ricardo Fabregues hereda en cuanto a bienes propios, sin perjuicio de derechos sobre bienes gananciales. Fundamentos principales: "Que con los certificados de defunción acompañados con el escrito liminar se acreditan los fallecimientos de NORMA REY y RICARDO FABREGUES, ocurridos el 18 de septiembre de 2018 y 30 de junio de 2021." "Que ambos habían contraído matrimonio el día 9 de febrero de 1967, conforme surge del certificado de matrimonio acompañado con el escrito de demanda." "Que de dicha unión nacieron María Silvina Fabregues, Pablo Jose Fabregues, Cecilia Maria Fabregues y Maria Laura Fabregues, según certificados de nacimiento incorporados en autos." "Por ello: De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los artículos 2424, 2433 y cc del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Norma Rey le suceden en carácter de universales herederos sus hijos..."

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