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ACEVAL JULIO C/ OLIVERA NAHUEL SEBASTIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín confirmó la caducidad de instancia y la decisión del juez de primera instancia, considerando que la parte actora no impulsó el proceso dentro del plazo legal, avalando la caducidad decretada.

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La parte actora, ACEVAL JULIO, demanda por daños y perjuicios a los demandados, entre ellos OLIVERA NAHUEL SEBASTIAN Y OTROS, reclamando daños derivados de un accidente automovilístico. La resolución apelada declaró la caducidad de instancia, dictada el 14/10/24, por no haberse impulsado el proceso en tiempo y forma. La apelante argumentó que la primera intimación de caducidad fue contestada en tiempo y forma, y que la reanudación de los plazos no fue debidamente notificada, lo que viciaría la caducidad. La Cámara, tras analizar los fundamentos legales y jurisprudenciales, sostuvo que la caducidad de instancia se produjo por inacción de la parte actora, que no impulsó el proceso en el plazo previsto, y que los argumentos sobre la notificación extemporánea o errores en la reanudación no fueron suficientes para revocar la decisión. El tribunal resaltó que la actividad procesal debe ser diligente y que la inactividad por parte del actor en el período establecido lleva a la extinción de la acción. La confirmación de la caducidad implica que no procede la continuación del proceso y que la causa queda cerrada.

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