ACEVAL JULIO C/ OLIVERA NAHUEL SEBASTIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín confirmó la caducidad de instancia y la decisión del juez de primera instancia, considerando que la parte actora no impulsó el proceso dentro del plazo legal, avalando la caducidad decretada.
La parte actora, ACEVAL JULIO, demanda por daños y perjuicios a los demandados, entre ellos OLIVERA NAHUEL SEBASTIAN Y OTROS, reclamando daños derivados de un accidente automovilístico. La resolución apelada declaró la caducidad de instancia, dictada el 14/10/24, por no haberse impulsado el proceso en tiempo y forma. La apelante argumentó que la primera intimación de caducidad fue contestada en tiempo y forma, y que la reanudación de los plazos no fue debidamente notificada, lo que viciaría la caducidad. La Cámara, tras analizar los fundamentos legales y jurisprudenciales, sostuvo que la caducidad de instancia se produjo por inacción de la parte actora, que no impulsó el proceso en el plazo previsto, y que los argumentos sobre la notificación extemporánea o errores en la reanudación no fueron suficientes para revocar la decisión. El tribunal resaltó que la actividad procesal debe ser diligente y que la inactividad por parte del actor en el período establecido lleva a la extinción de la acción. La confirmación de la caducidad implica que no procede la continuación del proceso y que la causa queda cerrada.
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