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MURRUNI MARIA CARMELA Y OTRO/A S/SUCESION AB-INTESTATO (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín confirmó la decisión de hacer efectivas las astreintes impuestas a la ANSES y dejó sin efecto la intervención del fuero penal, en el marco de una causa por sucesión ab intestato y reclamo de sumas por reajuste de haberes. La sentencia fundamenta que la conducta del organismo previsional, pese a las reiteradas intimaciones, fue insuficiente y no cumplió con los requerimientos judiciales, justificando así las multas y la remisión a la justicia penal. La Cámara consideró que las respuestas del organismo no fueron idóneas ni eficaces y que la imposición de astreintes fue razonable, mientras que la intervención penal carecía de fundamento.

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La causa trata sobre la impugnación de la resolución que hizo efectivas las astreintes impuestas a la ANSES por incumplimiento en la entrega de información sobre sumas adeudadas en concepto de reajuste de haberes. La actora, María Carmela Murruni y otros, demandaron en el marco de un proceso sucesorio, reclamando el pago de estos créditos. La autoridad judicial, ante la falta de colaboración efectiva del organismo previsional, impuso multas y ordenó la intervención del fuero penal que fue posteriormente dejada sin efecto. La sentencia detalla que, pese a múltiples intimaciones y apercibimientos, la ANSES no aportó información suficiente para determinar las sumas adeudadas, justificando la sanción. La Cámara concluyó que la conducta del organismo fue insuficiente y que las astreintes estaban debidamente fundadas, confirmando así la decisión y dejando sin efecto la intervención penal. Fundamentos principales: "El despliegue procesal evidencia que, tras múltiples requerimientos y apercibimientos, la ANSES no brindó información fehaciente ni precisa respecto a la existencia de sumas a percibir en favor de los herederos, limitándose a respuestas genéricas y sin datos concretos que permitan verificar la deuda. La sanción de astreintes, establecida en el marco del art. 397 del CPCC, resulta proporcional y razonable, dado que la conducta del organismo previsional obstaculizó el avance del proceso y frustró el cumplimiento de la manda judicial." "En cuanto a la intervención del fuero penal, esta resulta improcedente, en tanto que no se acreditaron indicios suficientes que permitan la apertura de causa penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público o por otro delito." "Por lo tanto, la Cámara confirma la imposición de astreintes y deja sin efecto la intervención del fuero penal, considerando que las respuestas y conductas del organismo previsional fueron insuficientes para justificar otra decisión."

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