PILMAN S.A. C/ CASTILLO ANDREA CAROLINA S/COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín modificó la sentencia dictada el 13/9/24, ordenando la inclusión de impuestos a ingresos brutos y sellos en la condena, siempre que hayan sido reclamados y acreditados, manteniendo la condena en costas y diferimiento en honorarios.
La parte actora, PILMAN S.A., interpuso recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su reclamo de condenar a la parte demandada, Andrea Carolina Castillo, al pago del Impuesto a los Ingresos Brutos sobre intereses y del Impuesto a los Sellos. La apelación sostiene que las partes pactaron que estos impuestos serían de cargo de la deudora, y que los instrumentos ejecutados evidencian su obligación de hacerse cargo de tales cargas fiscales, además de que la sentencia apelada no los condenó. La Fiscalía General Adjunta solicitó el rechazo del recurso. La Cámara consideró que la sentencia debía ser modificada para incluir la condena a pagar estos impuestos, siempre que estén debidamente reclamados y acreditados mediante comprobantes adecuados. La fundamentación principal se basó en la autonomía de la voluntad, la existencia de pactos claros en los instrumentos, y en las disposiciones del Código Fiscal y del Código Civil y Comercial que avalan la obligación del deudor de afrontar estos impuestos. La Cámara concluyó que la sentencia debe ser modificada en ese sentido, con costas a cargo del ejecutado y con el diferimiento en la regulación de honorarios.
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