CHIALE MIRTA BEATRIZ Y OTRO/A C/ FLORES BLANCA Y OTRO/A S/ NULIDAD ESCRITURA PUBLICA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín confirmó la resolución que declaró la nulidad de los actos procesales y la actuación del apoderado, fundamentando que la apelación no cumplió con los requisitos de fundamentación y que el recurso debe declararse desierto.
Quiere la demandante, Mirta Beatriz Chiale y otro, que se declare la nulidad de la escritura pública y de los actos procesales vinculados, en virtud de vicios en la forma y solemnidades del procedimiento. La resolución apelada admitió la nulidad y anuló la actuación del apoderado del actor, Alfredo Salamón. La Cámara sostuvo que la apelación del apoderado no cumplió con los requisitos de fundamentación necesarios, ya que su escrito no articuló de manera concreta y razonada los agravios, limitándose a expresar disconformidades sin detallar los errores en la sentencia. La apelación fue considerada inadmisible por incumplimiento del art. 260 del C.P.C.C., por lo que se declaró desierto el recurso y se confirmó la resolución de grado, imponiendo las costas al apelante vencido. La sentencia destacó que el carácter del tribunal es de revisor y que la fundamentación del recurso debe ser concreta, razonada y suficiente, lo cual no ocurrió en este caso.
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