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PARRA ROSANA YOLANDA Y OTRO/A C/ CALORERO PAULA SABRINA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de San Isidro confirmó la sentencia que condenó a PSC a pagar indemnizaciones por daños y perjuicios, incluyendo daños patrimoniales, incapacidad y daño moral, en un fallo fundamentado en la valoración de la prueba y los parámetros vigentes al momento de la sentencia, rechazando los agravios de las partes.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Responsabilidad civil Recurso de apelacion Indemnizacion Incapacidad permanente Formula matematica Doctrina jurisprudencial Actualizacion de valores

La sentencia de la instancia anterior admitió la demanda promovida por RP y GAK contra PSC, condenándolos a pagar sumas de dinero por daños patrimoniales, incapacidad sobreviniente, daño moral y declarando la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 23.928. La causa surge de un accidente ocurrido el 14-2-2019, en el que los actores fueron embestidos por un vehículo conducido por la demandada, causando lesiones y daños. Las partes apelaron, pero los agravios de los demandantes en cuanto a la cuantificación de las indemnizaciones y de la incapacidad no fueron aceptados. La Cámara analizó la correcta aplicación de los parámetros de actualización de valores, la fórmula para calcular la incapacidad permanente, y la fijación del daño moral. Reafirmó que la actualización de las indemnizaciones debe hacerse con base en los valores vigentes al momento de la sentencia y no retroactivamente, y que los cálculos deben respetar las fórmulas matemáticas y principios de razonabilidad. Respecto a los agravios sobre la incapacidad, el tribunal sostuvo que la fórmula utilizada por el juez de grado era adecuada, que la variable "n" debía limitarse a los 70 años y no a los 75, y que la actualización de los salarios debe hacerse considerando el valor más cercano a la sentencia y en función de la variación del SMVM. En cuanto al daño moral, el tribunal consideró apropiadas las sumas fijadas y rechazó el pedido de aumento, señalando que las cantidades resarcitorias resultaban suficientes y ajustadas a las pautas vigentes. Finalmente, la Cámara confirma la sentencia en todos sus términos y dispone el rechazo de los agravios, imponiendo las costas de la alzada a los actores y difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal correspondiente.

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