SANCHEZ CELIA LUZ C/ MUÑOZ DANIEL FABIAN Y OTRO/A S/ NULIDAD ACTO JURIDICO
La Cámara de San Isidro declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto y confirmó la nulidad de las escrituras cuestionadas. La decisión se fundamenta en que la sentencia de primera instancia incurrió en una supuesta violación del principio de congruencia al resolver sobre aspectos no solicitados por las partes.
La actora, CLS, demanda la nulidad de las escrituras número 109 del 20-8-2019 y número 16 del 12-2-2021, alegando lesión en los derechos hereditarios de su padre, AAS, debido a que las adjudicaciones se realizaron en estado de enfermedad terminal y en condiciones de vulnerabilidad, explotando su inexperiencia y debilidad física. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la nulidad de dichos actos y ordenando la restitución en el patrimonio hereditario de la porción afectada. La fundamentación principal se centró en la alegación de lesión, desproporción y aprovechamiento de la situación de enfermedad terminal del padre, con citas a informes médicos y testimonios que respaldarían la vulnerabilidad del causante. Los demandados apelaron alegando que la sentencia habría incurrido en nulidad por violación del principio de congruencia, al resolver sobre aspectos no solicitados, específicamente la afectación de la legítima, y que la decisión se basó en fundamentos erróneos y en legislación inexistente. La Cámara concluyó que la sentencia de primera instancia incurrió en una violación del principio de congruencia, dado que resolvió sobre la afectación de la legítima sin haber sido solicitado, y que ello implicaba una extralimitación de la jurisdicción, por lo que declaró la nulidad de la sentencia de grado y ordenó la remisión de los autos para un nuevo pronunciamiento.
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