Logo

GONZALEZ SILVEYRA LAUTARO C/ MACIEL RODRIGO EZEQUIEL S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

La sentencia condena al demandado por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, estableciendo responsabilidad objetiva y fijando la indemnización total en $25.889.063, con actualización e intereses. El tribunal aplicó el nuevo Código Civil y Comercial y fijó mecanismos de actualización y tasa de interés conforme a doctrina provincial.

El actor, Lautaro Fermín Alcides González Silveyra, y su representante demandan por daños derivados de un accidente ocurrido el 11/07/2021 en Zárate, en el que participó un automóvil conducido por el demandado. La parte actora alega que la responsabilidad del accidente recae en la conducta negligente del demandado, quien realizó un giro a la izquierda sin prever la presencia de la motocicleta en movimiento a alta velocidad. La demandada, por su parte, argumenta que el motociclista circulaba distraído y a excesiva velocidad, siendo la causa del impacto su propia imprudencia. El tribunal establece que, en accidentes de tránsito, la responsabilidad es objetiva conforme a la normativa vigente, y que el hecho de que la citada en garantía (P. S. de Seguros) reconociera la colisión implica que debe probar alguna eximente. La pericia mecánica indica que los daños son compatibles con los hechos descriptos por el actor y que la velocidad de los vehículos en el momento del impacto no superaba los límites permitidos. Se concluye que la responsabilidad del demandado Maciel debe ser declarada por no haber acreditado la eximente invocada, y que la causa se ajusta a la responsabilidad objetiva por la circulación de vehículos. Respecto a las partidas reclamadas, se reconoce la reparación del motovehículo por $929.063, la privación de uso por $100.000, incapacidad sobreviniente por $17.000.000, daño en las consecuencias no patrimoniales por $7.000.000, gastos médicos y farmacéuticos por $20.000, y tratamiento psicológico por $840.000, todo a valores actualizados. Se determina además la aplicación del interés del 6% anual desde la fecha del accidente y la utilización del mecanismo de actualización por RIPTE, en consonancia con doctrina provincial. La suma total indemnizatoria, incluyendo actualización e intereses, asciende a $25.889.063. Las costas se imponen a la parte demandada vencida. Fundamentos principales: "El daño es causado por el riesgo o vicio de las cosas, por lo que la responsabilidad es objetiva, y la carga de probar la eximente corresponde al demandado. La falta de prueba de eximente válida y la constatación del contacto entre los vehículos en la pericia mecánica justifican la responsabilidad del demandado. La reparación integral del motovehículo, la indemnización por privación de uso, incapacidad y daño moral,

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar