NAVARRO, RICARDO MAXIMILIANO S/ DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA
La sentencia reevalúa la capacidad jurídica de Ricardo Maximiliano Navarro y modifica la sentencia anterior, reconociendo su autonomía en actividades cotidianas y estableciendo apoyos específicos para actos de disposición y gestión patrimonial, en línea con normativas nacionales e internacionales sobre discapacidad y salud mental.
La sentencia realiza una re-evaluación de la capacidad jurídica de Ricardo Maximiliano Navarro, quien había sido declarado incapaz en virtud de padecer retraso mental moderado. La decisión se fundamenta en la evidencia pericial que confirma la estabilidad del diagnóstico, pero también destaca que el paciente presenta habilidades y comportamientos que le permiten una autonomía parcial en actividades diarias. La resolución señala que, si bien no está en ejercicio pleno de su personalidad, puede decidir sobre su vida cotidiana y relaciones, y requiere apoyo en actos patrimoniales y médicos. La modificación de la sentencia anterior se basa en el principio de dignidad y el derecho a vivir con autonomía, conforme a normativas internacionales y nacionales, incluyendo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se designan apoyos específicos, María Del Carmen BUSTAMANTE y Cesar Leonardo RODRIGUEZ, que asistirán a Navarro en actos de disposición de bienes y gestión social, sin necesidad de rendir cuentas, y con la obligación de solicitar autorización judicial para actos de mayor trascendencia. Además, se ordena que en tres años se realice una nueva reevaluación. La sentencia enfatiza que la restricción de capacidad debe ser excepcional y que la protección del causante no implica privarlo de su derecho a decidir, garantizando la dignidad y autonomía en la medida de sus capacidades.
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