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QUINTANA MIRNA FABIANA C/ SAAVEDRA ALBERTO DANIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Provincia de Buenos Aires resuelve rechazar en límine la revocatoria in extremis y confirma la decisión de rechazo, considerando que la impugnación no cumple con los requisitos para cuestionar errores esenciales o groseros, y que la falta de bilateralización impide su análisis profundo.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante Mirna Fabiana Quintana presenta una revocatoria in extremis contra una resolución en un expediente por daños y perjuicios. La Cámara analiza que la reposición in extremis es un recurso excepcional, destinado a subsanar errores materiales o groseros, y que no es apto para cuestionar interpretaciones jurídicas o vicios de juzgamiento. La magistrada Ludueña argumenta que el recurso en análisis no cumple con estos requisitos y que además carece de bilateralización, lo que impide su aceptación. La votación fue unánime en rechazo del recurso, confirmando la decisión de primera instancia. Se destaca que la impugnación no evidencia errores esenciales y que la finalidad de la reposición no se ajusta a cuestionar el análisis jurídico ni las valoraciones probatorias. La sentencia concluye que la presentación no reúne los recaudos para su admisión y que debe ser rechazada, sin costas por la falta de bilateralización.

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